S A G A R P A
INFORMACIÓN IMPORTANTE
NOM-064-ZOO-2000
“Lineamientos para la clasificación de productos farmacéuticos veterinarios por el nivel de riesgo de sus ingredientes activos”.
La NOM se desarrolló como una iniciativa para generar un instrumento regulatorio de observancia obligatoria: SAGARPA-INFARVET-ANALAV.
Selección de grupo de expertos técnicos y académicos.
Participación por área o segmento comercial.
Clasificación de activos por grado de riesgo.
PUNTOS DE CONTROL Y VERIFICACION
Operaciones comerciales involucradas:
Distribución
Venta
Prescripción
Uso y aplicación de productos farmacéuticos veterinarios
FIGURAS INVOLUCRADAS:
Industria farmacéutica veterinaria
Distribuidores de productos veterinarios
Médicos veterinarios en el ejercicio libre de la profesión
Usuarios finales
PUNTOS DE CONTROL Y VERIFICACION
Clasificación de productos farmacéuticos de acuerdo al nivel de riesgo de sus ingredientes activos.
GRUPO I: Productos restringidos para venta solo con receta medica cuantificada por la SAGARPA y para uso exclusivo del medico veterinario.
Productos susceptibles de ser desviados al consumo humano (hormonales, inyectables, narcóticos, anestésicos)
Productos cuyos residuos representan un riesgo a la salud publica (promotores del crecimiento como el zilpaterol y la ractopamina)
Folios controlados por la SAGARPA a través de las delegaciones estatales.
Registro de médicos veterinarios con cedula profesional a través de las delegaciones estatales de la SAGARPA, censo estatal, registros de los colegios y asociaciones.
Original y copia, original retenida por el establecimiento comercializador y copia resguardada por el MVZ que la emitió.
Hormonales inyectables.
Narcóticos
Anestésicos
GRUPO II: Productos que para su comercialización requieren receta médica simple no controlada por la SAGARPA.
Productos de uso común que tienen dentro de su metabolismo la eliminación de residuos en algún producto de origen animal (antibióticos, hormonales con implantes, antiinflamatorios, analgésicos, antiparasitarios, etc.)
Su venta requiere receta medica por médicos veterinarios con cedula profesional.
Original y 2 copias. El original retenido por el establecimiento comercializador, una copia para el MVZ que la emitió y otra copia para el usuario del producto.
Antibióticos
Hormonales implantes
Antiinflamatorios
Analgésicos
Antiparasitarios
GRUPO III: Productos de venta libre para los que no se requiere receta medica: Productos que por sus cualidades farmacológicas son considerados como inocuos (vitaminas, minerales, expectorantes;pigmentos, algunos analgésicos, etc.) Consulte al medico veterinario).
P A R F A R M, S.A.
Solicita a nuestros clientes, distribuidores, médicos veterinarios y amigos, regirse por estas indicaciones de SAGARPA para seguir teniendo un mercado veterinario sano.
GRACIAS
http://www.sagarpa.gob.mx/ |